martes, 4 de octubre de 2011

SERVICIO DE ASISTENCIA AL VIAJERO EN TERRITORIO NACIONAL Y EN PAÍSES LIMÍTROFES.


A partir del convenio entre Universal Assistance y la Mutual, nuestros asociados tendrán cobertura asistencial al viajero, solucionando con un simple llamado telefónico cualquier inconveniente mientras se encuentran en viaje.

El servicio contempla la cobertura para todos aquellos inconvenientes repentinos que los afiliados presenten mientras se encuentran fuera de su lugar de residencia, sea un simple dolor de cabeza o algún inconveniente de mayor complejidad.
Para acceder a estos servicios, el afiliado simplemente deberá comunicarse a los teléfonos mencionados en el dorso de su credencial, momento en el cual la central operativa de universal assistance coordinará y tomará a cargo todos los gastos asistenciales.
Sólo en caso de fuerza mayor, usted podrá concurrir directamente al centro médico más cercano, pero dentro de las 24 hs. subsiguientes deberá comunicarse con la central de asistencia e informar sobre lo acontecido.
Recuerde que el llamado telefónico es fundamental para evitar desembolso de dinero y acceder al servicio de asistencia al viajero.
Detallamos a continuación, los teléfonos de las centrales operativas de universal assistance:
- Argentina: 011 4323 7700 / 7777 o al 0800 999 6400.
- Brasil: 0800 761 9154.
- Chile: 1 8880 020 0668.
- Uruguay: 000 405 4085.
- Paraguay: +54 11 4323 7700 / 7777.
Si no logra acceder a cualquier de los números arriba indicados, llame desde el exterior al + 54 11 4323 7700 ó 7777.

ASISTENCIA MÉDICA EN EL PAÍS Y PAÍSES LIMÍTROFES.
- Atención en consultorio o domicilio.
- Consultas con especialistas.
- Exámenes médicos complementarios.
- Internaciones clínicas o quirúrgicas.
- Intervenciones quirúrgicas.
- Terapia intensiva y unidad coronaria.
- Odontología en el país y países limítrofes.
- Medicamentos en el país y países limítrofes.
Gastos de hotelería del beneficiario por convalecencia.
- Traslados: Traslados sanitarios. Traslado hasta el lugar de internación y gastos de hotel del familiar del beneficiario.(internaciones mayores de 5 días). Traslado de restos en caso de fallecimiento. Traslado de beneficiarios acompañantes del familiar fallecido. Traslado urgente de beneficiarios a su lugar de residencia por fallecimiento de familiar hasta 2 grado.
raslado urgente del titular por ocurrencia de siniestro en su domicilio.
- Puesta a disposición de un pasaje por enfermedad o accidente del beneficiario, que le imposibilite el retorno con las condiciones del pasaje adquirido.
- Acompañamiento de menores de 15 años o de beneficiarios mayores de 80 años.
- Asistencia Legal en el exterior, pago de honorarios, adelanto de fianzas.
- Transmisión de mensajes urgentes.
- Asistencia ante la pérdida de documentos o tarjetas de crédito.
- Reintegro de Medicamentos.
- Vigencia de la cobertura: Anual (60 días por viaje). Cantidad de días y topes por viaje y por persona.
- Cobertura por pérdida de equipaje en el exterior.

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